Nuevas cuotas de autónomos. Bienvenidos al show

Lo lógico es que, cuanto más compleja sea la idea, más sencillo debe ser el lenguaje utilizado para desarrollar esta.

Sin embargo, la Administración Pública se salta —posiblemente, de una manera intencionada— el principio anterior día sí y día también, y buena prueba de ello es el reciente Real Decreto que regula, entre otras cosas, las nuevas cotizaciones de los autónomos y que entrará en vigor el 1 de enero de 2023.

La norma, que tiene sesenta y cuatro flamantes páginas, adolece de un tono excesivamente enrevesado que solo conduce a la confusión a los que nos hemos aventurado a estudiarlo o, por lo menos, a intentarlo.

—El Gobierno debería plantearse tener en nómina a copywriters que se dirijan al ciudadano de a pie de una manera clara y conversacional, máxime cuando es este el que debe cumplir las leyes que elabora aquel—.

Cuña publicitaria aparte, tras su lectura, además de confirmar que es un texto “infumable”, tengo que añadir que la supuesta reforma que nos venden es, en lo que respecta a las nuevas cuotas de autónomos 2023-25 —clic para ver Cuadro-Resumen—, una auténtica “tomadura de pelo”. Para llegar a semejante conclusión, he tenido que leer hasta la página 59 del decreto —si lo sé, me ahorro el “coñazo” de las 58 páginas anteriores”— y tener en cuenta el importe actual del salario mínimo interprofesional (SMI) y de la cuota mínima de autónomos.

Me explico.

El salario mínimo interprofesional se define como la cantidad mínima económica que un trabajador tiene que recibir como sueldo digno por su jornada laboral, y por debajo de la cual no debe estar ningún salario ordinario.

El importe actual del SMI está fijado en 1166,67 € brutos/mes (en doce pagas) —lo cual encuentro muy razonable—.

No obstante, según el Real Decreto, para que un autónomo pueda beneficiarse de la cuota de 230,00 €/mes, 225,00 €/mes y 200,00 €/mes para los años 2023, 2024 y 2025 respectivamente, sus rendimientos netos tienen que ser iguales o inferiores a 670,00 €/mes. Es decir, que un autónomo a su empleado, si tiene la suerte de tener alguno, está obligado a pagarle, como mínimo, 1166,67 € brutos/mes, y, en cambio, aquel, por lo visto, puede y debe sobrevivir con 670,00 €.

O lo que es lo mismo, tener unos ingresos de 670,00 €/mes es, al parecer, “digno” para un autónomo, pero no lo es para un trabajador por cuenta ajena.

¡Totalmente contradictorio!

En qué cabeza cabe —por muy hueca que esté— que un individuo que no encuentra empleo en una empresa o que no le va bien en su negocio vaya a darse de alta en el RETA o a mantenerse más allá de dos años en este si todo lo que va a generar al mes son 670,00 €. Lo más probable que hará —y comprendo que lo haga—, si cumple con los requisitos, es solicitar alguno de esos subsidios “inventados” por este Gobierno, autodenominado progresista, con el “noble” ánimo de ayudar al más desfavorecido.

Teniendo en cuenta todo lo anterior y que, a día de hoy, el importe de la cuota mínima de autónomos asciende a 294,00 €/mes, una servidora entiende que lo más racional hubiera sido lo siguiente:

  • Que el autónomo con unos rendimientos netos mensuales iguales o inferiores al SMI (1166,67 €) pagara una cuota de 230,00 €/mes en el año 2023; 225,00 €/mes en el año 2024 y 200,00 €/mes en el año 2025.
  • Y establecer una cuota reducida de 80,00 €/mes durante los dos primeros años de inicio de actividad para los nuevos autónomos, comenzando a cotizar a partir del tercer año según el tramo que correspondiera.

Lo anterior conllevaría a una reducción del número de tramos y, en consecuencia, a un recálculo de las cuotas para cada uno de ellos que hiciera que estas fueran más coherentes y justas. Pues también carece de toda lógica que el Real Decreto establezca que, si el autónomo tiene unos rendimientos netos superiores a 1300,00 €/mes e inferiores o iguales a 1700,00 €/mes (tramos 5 y 6 del Cuadro-Resumen) —lo cual no es ninguna fortuna, y aún menos con una inflación disparada—, la cuota que va a tener que pagar sea 294,00 €/mes, o sea, la misma que ahora está vigente.

Ahora bien, que lo que ha hecho este Gobierno, con la complicidad de la Asociación de Trabajadores Autónomos, es un decreto precipitado y un tanto “chapuza” en muchos puntos, es algo que para mí admite poca discusión, pero también tengo que decir que me resulta muy sorprendente que todo ello no haya tenido como respuesta, en la calle, una enérgica protesta por parte del colectivo autónomo —no del ATA, que ya se sabe lo que se puede esperar de esta asociación si ha rubricado el acuerdo—.

Sí es verdad —sirva como atenuante— que a esta ausencia de “ruido” ha contribuido mucho que el Real Decreto se haya aprobado en pleno verano, con una ola de calor prolongada que ha llegado a mermar nuestras facultades mentales más básicas y con la colaboración de unos medios de comunicación que, aparte de dedicar un exiguo espacio de su portada a la noticia en cuestión —muy probablemente al lado de otra más sensacionalista que desvíe nuestra ya maltrecha atención—, han informado del tema de una manera muy sesgada.

Pero el otoño —nunca tan anhelado— está a la vuelta de la esquina.

Ya no hay excusa para que tú, yo y quien quiera apuntarse al “carro” reaccionemos de una manera pacífica, pero contundente. Si nos callamos, nos conformamos. En definitiva, si tragamos una vez más, este Gobierno o el que pueda venir —no perdamos de vista que el Real Decreto ha sido convalidado por el Congreso el pasado 25 de agosto con una amplia y holgada mayoría— continuará asfixiándonos en mayor o menor medida, dependiendo de la “capacidad pulmonar” de cada uno.

Y es que si algo me ha dado un atisbo para la esperanza —pequeño, pero algo es algo— es saber que el Parlamento también ha aprobado que el Real Decreto sea tramitado como proyecto de ley, lo que supone —si no me traicionan mis “oxidados” conocimientos de derecho político— que se abre una puerta a futuras modificaciones del mismo.

No desaprovechemos, pues, la oportunidad para alzar nuestra voz.

Recordemos que:

“Los gobiernos nunca aprenden, solo las personas aprenden” (Milton Friedman)

Patricia.

 

 

Comparte este artículo

Otros artículos relacionados

La magia del cuento legal

Érase una vez un pequeño y acogedor despacho de abogados ubicado en el centro de una bulliciosa y vibrante ciudad.

Solicita tu presupuesto sin compromiso

En cumplimiento de la legislación española vigente en materia de protección de datos de carácter personal y del reglamento europeo RGPD 679/2016 le informamos de: Responsable: Patricia García Vacas + info Finalidad: Gestión del envío de información solicitada, gestión de suscripciones al blog y moderación de comentarios. + info Legitimación: Consentimiento expreso del interesado. + info Destinatarios: No se cederán datos a terceros para la gestión de estos datos. Derechos: Tiene derecho a Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. + info Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos Personales en mi página web comodejardeescribir.com + info